| Seguros y
fianzas Por
el contrato de Seguro, (póliza) el Asegurador se obliga a resarcir un
daño o pagar una Suma de Dinero al realizarse la eventualidad prevista
en el contrato, y el asegurado o tomador del seguro, se obliga a pagar
la prima correspondiente
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Vida
individual , colectivo o de grupo
Este
seguro le brinda protección a su familia o beneficiarios que
Usted haya designado, en el caso de su fallecimiento.

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Vida
individual para deudores hipotecarios
Vida
grupo para deudores hipotecarios
Si
Usted tiene una deuda hipotecaria con una entidad financiera, por
medio de este seguro Usted garantiza el pago de la totalidad de
dicha deuda desde el momento en que ocurra su fallecimiento

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Edificios
incendio y terremoto para deudores hipotecarios
Si
Usted ha adquirido un bien a través de un crédito hipotecario
con una entidad financiera, este seguro le brinda protección
contra Incendio, Rayo, Terremoto, Temblor y Erupción Volcánica

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Para
proteger su vivienda y contenidos
Seguro
que protege el edificio de su vivienda, para Usted, que termina
de pagar su inmueble con una entidad financiera y desea seguir
preservándolo de por vida.
Además puede proteger sus bienes que se encuentren
dentro de ella.
Coberturas
principales:
- Incendio
y/o RayoTerremoto,temblor y/o erupción volcánica e
incendio consecutivo.
Explosión e incendio consecutivo
- Motín,
huelgas y/o alborotos populares e incendio consecutivo.
- Daño
malicioso
- Daño
malicioso especial (RJK) TERRORISMO
- Caída
de naves aéreas, objetos caídos de las mismas
y/o colisión de vehículos terrestres.
- Huracán,
tifón, tornado, ciclón, vientos tempestuosos y/o granizo.
- Inundación
y/o maremoto.
- Cobertura
amplia de daños por agua.
-
Coberturas
adicionales
- Gastos
Extras
- Rotura
o avería de Cristales y/o Espejos y/o Vidrios
- Responsabilidad
Civil para vivienda
.
Esta
cobertura se da siempre y cuando se cubra los contenidos:
Robo y/o atraco de Contenido.
Como
alternativa puede elegir el Seguro de Todo Riesgo de Incendio para
viviendas.

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Para
proteger edificios y contenidos de
la industria y el comercio
Seguro
que protege el edificio y sus contenidos,
para Usted, que desea seguir preservándolo, protegiendo
los Riesgos inherentes a actividad Industrial o Comercial.
Coberturas
principales:
- Incendio
y/o Rayo
- Terremoto,
temblor y/o erupción volcánica e
incendio consecutivo.
- Explosión
e incendio consecutivo (no cubre calderas) Para INDUSTRIA
importante analizarlo
- Motín,
huelgas y/o alborotos populares e incendio consecutivo.
- Daño
malicioso
- Daño
malicioso especial (RJK) TERRORISMO
- Caída
de naves aéreas, objetos caídos de las mismas
y/o colisión de vehículos terrestres.
- Huracán,
tifón, tornado, ciclón, vientos tempestuosos y/o
granizo.
- Inundación
y/o maremoto.
- Cobertura
amplia de daños por agua.
-
Coberturas
adicionales
- Interrupción
De Negocios Para Riesgos Industriales
- Interrupción
De Negocios Para Riesgos Comerciales
- Interrupción
de negocios contingente.
- Rotura
o avería de Cristales y/o Espejos y/o Vidrios
y/o Rótulos Luminosos, Eléctricos y otros
- Responsabilidad
Civil Legal de Incendio.
- Responsabilidad
Civil
- Explosión
de calderas y/o aparatos que operan a presión
Esta
cobertura se da siempre y cuando se cubra los contenidos:
- Robo
por Forzamiento de Ladrones y/o atraco de Contenido.
- Amplia
de Dinero y Valores
- Dentro
del local
- Fuera
del local
- Remoción
de escombros
Como
alternativa puede elegir el Seguro de Todo Riesgo de Incendio
para Industria o Comercio.

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Automóviles
Seguro
que beneficia al propietario de un vehículo automotor, en caso de
que ocurran daños propios al vehículo asegurado por colisión,
la perdida total o parcial del vehículo por daños, perdida total
por robo o atraco del vehículo, las perdidas parciales están
excluidas, pueden ser cubiertas como cobertura adicional,
Responsabilidad Civil a terceros, Lesiones
a ocupantes del vehículo descrito.
Coberturas
principales:
-
Daños
propios al vehículo descrito
a.
Por Vuelcos Accidentales o Colisiones.
b. Por Otros Daños (Rotura de cristales, impacto de
proyectiles, derrumbe en carreteras, caída de naves aéreas o
de parte de las mismas, incendio, rayo, robo o hurto total,
viento tempestuoso, tornado, ciclón, tifón, granizo e
inundación)
-
Responsabilidad
civil a terceros, excluyendo a ocupantes
a.
Por Daños Materiales a la Propiedad Ajena.
b. Por Lesiones Corporales.
-
Excesos
de Responsabilidad Civil
-
Lesiones
a ocupantes del vehículo descrito
a.
Pago de Gastos Médicos.
b. Accidentes Personales.
-
El
reintegro o pago de Gastos Médicos, se refiere a Gastos de
Hospitalización, Servicios Hospitalarios y de Enfermería,
Medicinas, Alquiler de Ambulancias y Gastos de Entierro.
- Coberturas
adicionales
- Cobertura
para menores de 18 años de edad a 16 años
- Cobertura
para menores de 25 años de edad a 18 años
- Robo
Parcial
- Explosión,
motín, huelga, alborotos populares y daño malicioso
- Temblor
y/o erupción volcánica y/o terremoto
- Alquiler
de vehículo en caso de Robo
- Alquiler
de vehículo por colisión o vuelco
- Reinstalación
automática
- Grúa
- Asesora
Legal
- Cobertura
de Cristales
- Perdida
Total Constructiva
- Asistencia
en el Camino

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Todo
riesgo contratista
Seguro
que cubre los daños materiales o las perdidas que puedan
presentarse en una obra o construcción asegurada como
consecuencia de alguno de los siguientes hechos:
-
Incendio,
explosión, impacto de rayo, caída de aviones, daños por
trabajos defectuosos debidos a la impericia, negligencia,
actos mal intencionados y fallas humanas y otros accidentes
imprevistos,
-
Terremoto,
temblor, erupción volcánica y maremoto
-
Vientos
huracanados de toda clase, marea, avenida, inundación,
lluvia, aludes, deslizamientos de tierra y caída de rocas
-
Gastos
para remoción de escombros cuando estros son originados por
uno de los eventos descritos anteriormente
-
Responsabilidad
civil extracontractual por daños a terceros o a bienes de
terceros
-
Daños
causados a obras civiles existentes y/o propiedades
adyacentes
-
Huelga,
motín, asonada, conmoción civil y actos mal intencionados
de terceros

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Seguro
de responsabilidad civil
Paga
los daños a un tercero damnificado como consecuencia de
accidentes de los cuales resulte usted legalmente responsable y
que ocasionen daños a terceros en sus personas o bienes.
Coberturas
de:
-
Responsabilidad
Civil General.
-
Predios
y Operaciones.
-
Productos
o Trabajos Terminados.
-
Responsabilidad
Civil Contractual o Asumida.
-
Responsabilidad
Civil Patronal.
-
Responsabilidad
Civil para Transportistas.
-
Responsabilidad
Civil por Incendio y/o Explosión.
-
Responsabilidad
Civil Familiar.
- Responsabilidad
civil por daños a terceros en sus personas
Esta cobertura paga toda suma que usted se viere legalmente
obligado a pagar en razón de su responsabilidad civil, por
daños y perjuicios causados a terceras personas,
provenientes de lesiones corporales o enfermedades como
consecuencia de un accidente, inclusive la muerte, si en
cualquier momento sobreviniere como resultado del accidente.
-
Responsabilidad
civil por daños a terceros en sus bienes
Esta cobertura paga toda suma que usted se viere legalmente
obligado a pagar en razón de su responsabilidad civil, por
daños y perjuicios provenientes de avería, daños o
destrucción de bienes muebles e inmuebles, inclusive la
consecuente privación del uso de los mismos como resultado
de un accidente.
La
Responsabilidad Civil cubre:
- La
responsabilidad legal de Usted
- Los
gastos originados por la atención médico quirúrgica o el
entierro de la víctima o víctimas del accidente.
- Los
costos y gastos judiciales que usted, como asegurado resultare
condenado a pagar en el juicio o juicios que se le siguieren
en relación con el accidente.

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Seguro
de maquinaria y equipo
Seguro
que cubre las perdidas o daños directos producidos a la
maquinaria o equipo, ocasionados por cualquier causa como
incendio o rayo, colisión con objetos en movimiento,
volcamiento, accidentes que ocurran pese al manejo correcto de
la maquinaria, explosión, hurto, accidentes que ocurran durante
el montaje y desmontaje de la maquinaria o los equipos, perdida
por inundación, terremoto, huracán, y otros.

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Seguro
de rotura de maquinaria
Seguro
que protege la maquinaria por daños internos accidentales,
súbitos e imprevistos causados directamente por eventos como
negligencia, descuido, sabotaje, corto circuito, errores en
diseño, defectos de construcción, defectos de mano de obra,
rotura debida a fuerza centrifuga, introducción de cuerpos
extraños, tempestad, explosiones originadas en la maquinaria y
explosiones químicas de gases mal utilizados.

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Seguro
de equipos electrónicos
En
este seguro se cubren tres categorías básicas así:
-
Daños
materiales. Categoría que protege los equipos electrónicos
por daños físicos o perdidas de los equipos por cualquier
causa. El pago en caso de reclamación se realiza en
efectivo, con la reparación o reposición del bien afectado
-
Portadores
externos de datos. Categoría que protege los medios de
almacenamiento de información de una entidad, por daños o
pérdidas de datos allí almacenados, siempre y cuando
dichos portadores estén en la ubicación inicialmente
pactada
-
Incremento
en el costo de operación. Categoría que protege gastos
incurridos por contratación de servicios de procesamiento
externos, a causa de daños o perdidas de los equipos de
procesamiento de información propios.

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Seguro
de rotura de vidrios
Seguro
que cubre las perdidas o daños materiales de los vidrios de un
bien inmueble y los gastos en que se incurra en su reposición o
reemplazo como consecuencia de un accidente.

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Seguro
de robo o atraco
Seguro
que protege sus bienes por ocasión de perdida o daño causados
por sustracción de terceros con o sin violencia. Tenga en
cuenta que los bienes deben encontrarse dentro del
establecimiento o residencia que Usted haya designado como
ubicación principal de los mismos. Adicionalmente este seguro
le protege los daños que sufra el establecimiento o residencia
principal de los bienes, por causa de sustracción o tentativa
de la misma.

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Seguro
de transportes
Seguro
que protege el patrimonio de las personas dueñas de Bienes que
hace parte de una carga y por alguna eventualidad en su
transporte, dichos Bienes sufren daño o perdida. Este seguro
puede ser automático o específico. El primero es suscrito una
sola vez y le protege la totalidad de los despachos reportados a
la Aseguradora, el segundo debe ser suscrito cada vez que se
realice un despacho.

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FIANZAS
Obligación
que se contrae para Seguridad de que otro pagará lo que debe o
cumplirá aquello a lo que se obligó.
Por
el contrato de Fianza, la Afianzadora contrae la obligación de
pagar, (es su Fiadora o Garante) que Usted el Afianzado el
Principal, cumplirá todo aquello a lo que se obligo o
comprometió a través de un contrato ante el Beneficiario,
quien tiene el derecho a pedir el cumplimiento de una
obligación. (Acreedor)

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Fianza
de cumplimiento
Fianza
que protege los perjuicios patrimoniales que sufra directamente
el contratante o receptor de una determinada oferta, a causa del
incumplimiento del contratista u oferente ocurrido durante un
lapso de tiempo.

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Fianza
de Fidelidad
Fianza
que le garantiza a usted la recuperación de perdidas que
afecten su patrimonio, originada en actos provenientes de
infidelidad o deshonestidad cometido por sus empleados o
dependientes, los cuales tienen a su cuidado bienes tales como
mercancías, valores, títulos, entre otros.
Protegen
el patrimonio de su empresa, garantizándole la responsabilidad
de sus empleados a través de pólizas individuales
o de grupo.

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Fianzas
Judiciales
Grantizan
el
desarrollo de los procedimientos judiciales ante los tribunales,
para ello las siguientes fianzas:
- Penales
- Civiles
- Laborales
- Fianzas
Judiciales por ejemplo:
- Responsabilidades
Civiles
- Embargo
Precautorio
- Pensión
Alimenticia
- Daños
a Terceros
- Levantamiento
de Medida Precautoria
- Excarcelación
- Multas

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Fianzas
Administrativas ante Particulares
Garantizan
sus operaciones de compra, contratación de bienes y servicios,
suministros y obras con empresas privadas.
Fianzas
Administrativas por ejemplo:
- Sostenimiento
de Oferta
- Cumplimiento
de Contrato
- Anticipo
- Conservación
de Obra
- Cumplimiento
de Contrato de Servicios Profesionales
- Responsabilidades
por Devolución de Retenido
- Arrendamiento
de casa de habitación, locales comerciales, maquinaria,
equipos y otros
- Mercadería
en Consignación
- Porteador
de mercadería
- Agente
de seguros
- Venta
de boletos

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Fianzas
administrativas ante el gobierno
Garantizan
sus operaciones de compra, contratación de bienes, suministros,
obras y servicios con organismos del Estado.
Las
siguientes Fianzas son exigidas por la ley y definidas en el
reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado:
-
Para
Obra Civil
- Sostenimiento
de Oferta
- Cumplimiento
de contrato
- Anticipo
- Conservación
de Obra
- Saldos
Deudores
-
Para
Servicios
- Cumplimiento
de Pedidos
- Reclutador
de Trabajadores
- Agente
de Aduanas
- Porteador
de Mercadería
- Promoción
Comercial
- Gestor
de Tránsito,
- Derechos
de Importación,
- Policía
Particular
- Explotación
de Cantera, Explotación Minera
- Reforestación
- Importación
Temporal
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