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Seguros y fianzas

Por el contrato de Seguro, (póliza) el Asegurador se obliga a resarcir un daño o pagar una Suma de Dinero al realizarse la eventualidad prevista en el contrato, y el asegurado o tomador del seguro, se obliga a pagar la prima correspondiente

 
Vida individual , colectivo o de grupo

Este seguro le brinda protección a su familia o beneficiarios que Usted haya designado, en el caso de su fallecimiento.

 

 

Vida individual para deudores hipotecarios 
Vida grupo para deudores hipotecarios

Si Usted tiene una deuda hipotecaria con una entidad financiera, por medio de este seguro Usted garantiza el pago de la totalidad de dicha deuda desde el momento en que ocurra su fallecimiento

 

Edificios incendio y terremoto para deudores hipotecarios

Si Usted ha adquirido un bien a través de un crédito hipotecario con una entidad financiera, este seguro le brinda protección contra Incendio, Rayo, Terremoto, Temblor y Erupción Volcánica

 

Para proteger su vivienda y contenidos

Seguro que protege el edificio de su vivienda, para Usted, que termina de pagar su inmueble con una entidad financiera y desea seguir preservándolo de por vida.  Además puede proteger sus bienes que se encuentren dentro de ella.

 

Coberturas principales:

  • Incendio y/o RayoTerremoto,temblor y/o erupción volcánica e incendio consecutivo.
    Explosión e incendio consecutivo
  • Motín, huelgas y/o alborotos populares e incendio consecutivo.
  • Daño malicioso
  • Daño malicioso especial (RJK) TERRORISMO
  • Caída de naves aéreas, objetos caídos de las mismas y/o colisión de vehículos terrestres.
  • Huracán, tifón, tornado, ciclón, vientos tempestuosos y/o granizo.
  • Inundación y/o maremoto.
  • Cobertura amplia de daños por agua.  
  • Coberturas adicionales

  • Gastos Extras
  • Rotura o avería de Cristales y/o Espejos y/o Vidrios
  • Responsabilidad Civil para vivienda. Esta cobertura se da siempre y cuando se cubra los contenidos: Robo y/o atraco de Contenido.

Como alternativa puede elegir el Seguro de Todo Riesgo de Incendio para viviendas.

 

Para proteger edificios y contenidos de la industria y el comercio

Seguro que protege el edificio y sus contenidos,  para Usted, que desea seguir preservándolo, protegiendo los Riesgos inherentes a actividad Industrial o Comercial.

 

Coberturas principales:

  • Incendio y/o Rayo
  • Terremoto, temblor y/o erupción volcánica e incendio consecutivo.
  • Explosión e incendio consecutivo (no cubre calderas) Para INDUSTRIA importante analizarlo
  • Motín, huelgas y/o alborotos populares e incendio consecutivo.
  • Daño malicioso
  • Daño malicioso especial (RJK) TERRORISMO   
  • Caída de naves aéreas, objetos caídos de las mismas y/o colisión de vehículos terrestres.
  • Huracán, tifón, tornado, ciclón, vientos tempestuosos y/o 
    granizo.
  • Inundación y/o maremoto.
  • Cobertura amplia de daños por agua.  
  • Coberturas adicionales

  • Interrupción De Negocios Para Riesgos Industriales
  • Interrupción De Negocios Para Riesgos Comerciales
  • Interrupción de negocios contingente.
  • Rotura o avería de Cristales y/o Espejos y/o Vidrios y/o Rótulos Luminosos, Eléctricos y otros
  • Responsabilidad Civil Legal de Incendio.
  • Responsabilidad Civil
  • Explosión de calderas y/o aparatos que operan a presión

Esta cobertura se da siempre y cuando se cubra los contenidos:

  • Robo por Forzamiento de Ladrones y/o atraco de Contenido.
  • Amplia de Dinero y Valores
  • Dentro del local
  • Fuera del local
  • Remoción de escombros

Como alternativa puede elegir el Seguro de Todo Riesgo de Incendio para Industria o Comercio.

 

Automóviles

Seguro que beneficia al propietario de un vehículo automotor, en caso de que ocurran daños propios al vehículo asegurado por colisión, la perdida total o parcial del vehículo por daños, perdida total por robo o atraco del vehículo, las perdidas parciales están excluidas, pueden ser cubiertas como cobertura adicional, Responsabilidad Civil a terceros, Lesiones a ocupantes del vehículo descrito.

 

Coberturas principales:

  • Daños propios al vehículo descrito
    a. Por Vuelcos Accidentales o Colisiones.
    b. Por Otros Daños (Rotura de cristales, impacto de proyectiles, derrumbe en carreteras, caída de naves aéreas o de parte de las mismas, incendio, rayo, robo o hurto total, viento tempestuoso, tornado, ciclón, tifón, granizo e inundación)

  • Responsabilidad civil a terceros, excluyendo a ocupantes
    a. Por Daños Materiales a la Propiedad Ajena.
    b. Por Lesiones Corporales.

  • Excesos de Responsabilidad Civil

  • Lesiones a ocupantes del vehículo descrito
    a. Pago de Gastos Médicos.
    b. Accidentes Personales.

  • El reintegro o pago de Gastos Médicos, se refiere a Gastos de Hospitalización, Servicios Hospitalarios y de Enfermería, Medicinas, Alquiler de Ambulancias y Gastos de Entierro.

  • Coberturas adicionales
  • Cobertura para menores de 18 años de edad a 16 años
  • Cobertura para menores de 25 años de edad a 18 años
  • Robo Parcial
  • Explosión, motín, huelga, alborotos populares y daño malicioso
  • Temblor y/o erupción volcánica y/o terremoto
  • Alquiler de vehículo en caso de Robo
  • Alquiler de vehículo por colisión o vuelco
  • Reinstalación automática
  • Grúa
  • Asesora Legal
  • Cobertura de Cristales
  • Perdida Total Constructiva
  • Asistencia en el Camino

 

Todo riesgo contratista

Seguro que cubre los daños materiales o las perdidas que puedan presentarse en una obra o construcción asegurada como consecuencia de alguno de los siguientes hechos:

 

  • Incendio, explosión, impacto de rayo, caída de aviones, daños por trabajos defectuosos debidos a la impericia, negligencia, actos mal intencionados y fallas humanas y otros accidentes imprevistos,

  • Terremoto, temblor, erupción volcánica y maremoto

  • Vientos huracanados de toda clase, marea, avenida, inundación, lluvia, aludes, deslizamientos de tierra y caída de rocas

  • Gastos para remoción de escombros cuando estros son originados por uno de los eventos descritos anteriormente

  • Responsabilidad civil extracontractual por daños a terceros o a bienes de terceros

  • Daños causados a obras civiles existentes y/o propiedades adyacentes

  • Huelga, motín, asonada, conmoción civil y actos mal intencionados de terceros

 

Seguro de responsabilidad civil

Paga los daños a un tercero damnificado como consecuencia de accidentes de los cuales resulte usted legalmente responsable y que ocasionen daños a terceros en sus personas o bienes.

Coberturas de:

  • Responsabilidad Civil General.

  • Predios y Operaciones.

  • Productos o Trabajos Terminados.

  • Responsabilidad Civil Contractual o Asumida.

  • Responsabilidad Civil Patronal.

  • Responsabilidad Civil para Transportistas.

  • Responsabilidad Civil por Incendio y/o Explosión.

  • Responsabilidad Civil Familiar.

  • Responsabilidad civil por daños a terceros en sus personas
    Esta cobertura paga toda suma que usted se viere legalmente obligado a pagar en razón de su responsabilidad civil, por daños y perjuicios causados a terceras personas, provenientes de lesiones corporales o enfermedades como consecuencia de un accidente, inclusive la muerte, si en cualquier momento sobreviniere como resultado del accidente.
  • Responsabilidad civil por daños a terceros en sus bienes
    Esta cobertura paga toda suma que usted se viere legalmente obligado a pagar en razón de su responsabilidad civil, por daños y perjuicios provenientes de avería, daños o destrucción de bienes muebles e inmuebles, inclusive la consecuente privación del uso de los mismos como resultado de un accidente.

La Responsabilidad Civil cubre:

  • La responsabilidad legal de Usted
  • Los gastos originados por la atención médico quirúrgica o el entierro de la víctima o víctimas del accidente.
  • Los costos y gastos judiciales que usted, como asegurado resultare condenado a pagar en el juicio o juicios que se le siguieren en relación con el accidente.

 

Seguro de maquinaria y equipo

Seguro que cubre las perdidas o daños directos producidos a la maquinaria o equipo, ocasionados por cualquier causa como incendio o rayo, colisión con objetos en movimiento, volcamiento, accidentes que ocurran pese al manejo correcto de la maquinaria, explosión, hurto, accidentes que ocurran durante el montaje y desmontaje de la maquinaria o los equipos, perdida por inundación, terremoto, huracán, y otros.

 

Seguro de rotura de maquinaria

Seguro que protege la maquinaria por daños internos accidentales, súbitos e imprevistos causados directamente por eventos como negligencia, descuido, sabotaje, corto circuito, errores en diseño, defectos de construcción, defectos de mano de obra, rotura debida a fuerza centrifuga, introducción de cuerpos extraños, tempestad, explosiones originadas en la maquinaria y explosiones químicas de gases mal utilizados.

 

Seguro de equipos electrónicos

En este seguro se cubren tres categorías básicas así:

 

  • Daños materiales. Categoría que protege los equipos electrónicos por daños físicos o perdidas de los equipos por cualquier causa. El pago en caso de reclamación se realiza en efectivo, con la reparación o reposición del bien afectado

  • Portadores externos de datos. Categoría que protege los medios de almacenamiento de información de una entidad, por daños o pérdidas de datos allí almacenados, siempre y cuando dichos portadores estén en la ubicación inicialmente pactada

  • Incremento en el costo de operación. Categoría que protege gastos incurridos por contratación de servicios de procesamiento externos, a causa de daños o perdidas de los equipos de procesamiento de información propios.

 

Seguro de rotura de vidrios

Seguro que cubre las perdidas o daños materiales de los vidrios de un bien inmueble y los gastos en que se incurra en su reposición o reemplazo como consecuencia de un accidente.

 

Seguro de robo o atraco

Seguro que protege sus bienes por ocasión de perdida o daño causados por sustracción de terceros con o sin violencia. Tenga en cuenta que los bienes deben encontrarse dentro del establecimiento o residencia que Usted haya designado como ubicación principal de los mismos. Adicionalmente este seguro le protege los daños que sufra el establecimiento o residencia principal de los bienes, por causa de sustracción o tentativa de la misma.

 

Seguro de transportes

Seguro que protege el patrimonio de las personas dueñas de Bienes que hace parte de una carga y por alguna eventualidad en su transporte, dichos Bienes sufren daño o perdida. Este seguro puede ser automático o específico. El primero es suscrito una sola vez y le protege la totalidad de los despachos reportados a la Aseguradora, el segundo debe ser suscrito cada vez que se realice un despacho.

 

FIANZAS

Obligación que se contrae para Seguridad de que otro pagará lo que debe o cumplirá aquello a lo que se obligó.

Por el contrato de Fianza, la Afianzadora contrae la obligación de pagar, (es su Fiadora o Garante) que Usted el Afianzado el Principal, cumplirá todo aquello a lo que se obligo o comprometió a través de un contrato ante el Beneficiario, quien tiene el derecho a pedir el cumplimiento de una obligación. (Acreedor) 

 

Fianza de cumplimiento

Fianza que protege los perjuicios patrimoniales que sufra directamente el contratante o receptor de una determinada oferta, a causa del incumplimiento del contratista u oferente ocurrido durante un lapso de tiempo.

 

Fianza de Fidelidad

Fianza que le garantiza a usted la recuperación de perdidas que afecten su patrimonio, originada en actos provenientes de infidelidad o deshonestidad cometido por sus empleados o dependientes, los cuales tienen a su cuidado bienes tales como mercancías, valores, títulos, entre otros.

Protegen el patrimonio de su empresa, garantizándole la responsabilidad de sus empleados a través de pólizas individuales o de grupo.

 

Fianzas Judiciales

Grantizan el desarrollo de los procedimientos judiciales ante los tribunales, para ello las siguientes fianzas:  

  • Penales
  • Civiles
  • Laborales
  • Fianzas Judiciales por ejemplo:
  • Responsabilidades Civiles
  • Embargo Precautorio
  • Pensión Alimenticia
  • Daños a Terceros
  • Levantamiento de Medida Precautoria
  • Excarcelación
  • Multas

 

Fianzas Administrativas ante Particulares

Garantizan sus operaciones de compra, contratación de bienes y servicios, suministros y obras con empresas privadas.

Fianzas Administrativas por ejemplo:

  • Sostenimiento de Oferta
  • Cumplimiento de Contrato
  • Anticipo
  • Conservación de Obra
  • Cumplimiento de Contrato de Servicios Profesionales
  • Responsabilidades por Devolución de Retenido
  • Arrendamiento de casa de habitación, locales comerciales, maquinaria, equipos y otros
  • Mercadería en Consignación
  • Porteador de mercadería
  • Agente de seguros
  • Venta de boletos

 

Fianzas administrativas ante el gobierno

Garantizan sus operaciones de compra, contratación de bienes, suministros, obras y servicios con organismos del Estado. 

Las siguientes Fianzas son exigidas por la ley y definidas en el reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado:

  • Para Obra Civil

  • Sostenimiento de Oferta
  • Cumplimiento de contrato
  • Anticipo
  • Conservación de Obra
  • Saldos Deudores
  • Para Servicios

  • Cumplimiento de Pedidos
  • Reclutador de Trabajadores
  • Agente de Aduanas
  • Porteador de Mercadería
  • Promoción Comercial
  • Gestor de Tránsito,
  • Derechos de Importación,
  • Policía Particular
  • Explotación de Cantera, Explotación Minera
  • Reforestación
  • Importación Temporal

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